¿Quiénes acceden a la Tarifa Social?
Titulares de servicios que sean:
- Beneficiarias/os de programas sociales.
- Jubilados/as y/o pensionados/as que perciban haberes mensuales brutos por un total menor o igual a dos veces la jubilación mínima nacional: $8.598,12 vigente hasta febrero 2016 inclusive, según Resolución A 396/2015 de la Administración Nacional de la Seguridad Social.
- Trabajadores/as con remuneraciones mensuales brutas por un total menor o igual a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM): $12.120, según Resolución A 4/2015 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, vigente a partir de enero 2016.
- Personas con discapacidad.
- Inscriptas/os en el Monotributo Social.
- Empleadas/os del servicio doméstico.
- Personas que cobren Seguro de Desempleo.
¿Desde cuándo rigen la nuevas tarifas?
Comenzarán a aplicarse a los consumos de energía eléctrica desde el 1° de febrero de 2016 y podrán verse en las facturas que lleguen en marzo.
Con respecto al gas distribuido por redes, la aplicación será a partir del 1° de abril de 2016 y se verá en las facturas que lleguen en mayo.
¿Quiénes no acceden a la Tarifa Social?
Aquellas personas que sean propietarias de más de un inmueble, posean un vehículo de hasta 15 años de antigüedad o tengan aeronaves o embarcaciones de lujo.
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